Fue emitido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), un exhorto al gobierno de Puebla para que revise el artículo 480 de su Código Penal, el cual tipifica el delito de «ciberasedio». El organismo expresó su preocupación debido a que la redacción de este nuevo ilícito es ambigua y podría coartar el pleno respeto a la libertad de expresión.
De acuerdo con la CNDH, el texto presenta «ambigüedades que podrían suscitar restricciones indebidas al derecho a la libertad de expresión», haciendo especial énfasis en opiniones, críticas y manifestaciones en contextos de interés público.
Las sanciones por «ciberasedio» contemplan penas de prisión de hasta tres años y multas de 300 días del valor diario de la Unidad de Medida, para quien, a través de medios digitales, redes sociales o espacios virtuales, «insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional».
Aunque la CNDH reconoce la necesidad de que las entidades federativas adopten marcos jurídicos para prevenir y sancionar la violencia digital, advierte que preceptos penales poco claros como el poblano pueden derivar en «interpretaciones arbitrarias y usos indebidos de la ley».
De esta manera, la CNDH subrayó que «de ninguna manera el derecho penal debe utilizarse como medio para castigar disenso, crítica o ejercicio libre de la palabra».
UN PILAR FUNDAMENTAL
Recordó la CNDH, que la libertad de expresión es un pilar fundamental en toda sociedad democrática y debe ser protegida frente a cualquier forma de censura «directa o indirecta».
Fue así que, el organismo autónomo nacional adelantó que trabaja en una acción de inconstitucionalidad respecto a esta reforma, la cual presentará públicamente para garantizar que las legislaciones locales se apeguen a los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
Diversas organizaciones y comunicadores han alertado desde hace dos semanas sobre las implicaciones de esta legislación. Una de ellas son Artículo 19 y la Red de Periodistas Puebla, que manifiestan que esta normativa es un «riesgo para la libertad de expresión», argumentando que el ejercicio de este derecho incluye discursos que pueden «ofender» o «insultar».
Además, criticaron que otros delitos propuestos en la reforma, como el espionaje digital (Artículo 479), también carecen de conocimiento técnico y presentan definiciones muy amplias.
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